Las Sentencias dictadas por los Juzgados y Tribunales de la jurisdicción penal de Cartagena y Murcia que imponen a los condenados por delitos de agresión sexual penas accesorias de seguimiento de cursos de reeducación sexual quedan sin ser cumplidas.
La Consejería de la Mujer, Igualdad, Lgtbiq, Familias y Política Social de la Comunidad Autónoma de Murcia no ofrece entre sus servicios dichos cursos o terapias y no atiende a los requerimientos que recibe de los órganos judiciales para asumir esa tarea. Por su parte, el Servicio de Gestión de penas del Ministerio del Interior no alcanza actualmente a dichos cursos y terapias y sólo a trabajos para beneficio de la comunidad.
Se incumple así la finalidad resocializadora de las penas para el propio penado, se ignora la finalidad de las penas de prevención de otros delitos y se ahonda en la revictimización de las víctimas con la frustración añadida de un cumplimiento sólo parcial de la condena por su agresor.
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